Comenzaron las sesiones ordinarias del Concejo Deliberante

– “El proceso electoral no puede afectar la tarea de los concejales y su función principal: legislar”, afirmó la concejal Labaqui (UCR-JxC) al presentar múltiples iniciativas.

Con el discurso del Intendente Municipal, dio comienzo el Período de Sesiones Ordinarias del Concejo Deliberante en lo que será un año marcado por las elecciones primarias y generales para la elección de los máximos cargos ejecutivos en todos los niveles: Presidente de la Nación, Gobernador de la Provincia e Intendente Municipal – además de la renovación parcial de los cuerpos colegiados: legisladores nacionales y provinciales, concejales y consejeros escolares – y, en tal sentido, la concejal Lilián Labaqui (UCR.JxC) afirmó que “el proceso electoral no puede afectar la tarea de los concejales y su función principal: legislar”.
Lo hizo al dar cuenta de una serie de iniciativas que ha presentado a consideración de sus pares, los que abarcan una multiplicidad de cuestiones.

SITUACIÓN DE LA LECHERÍA
Mediante un proyecto de resolución se solicita “a los Gobiernos Nacional y Provincial arbitren las medidas necesarias con el fin de eliminar toda intervención o acuerdos de regulación del precio de leche cruda y productos lácteos, toda vez que esos acuerdos perjudican a los productores tamberos de la Provincia de Buenos Aires, en el contexto general del país”, y se manifiesta la preocupación del Concejo Deliberante”.
Labaqui, que proviene de una familia de tamberos de la zona de Olascoaga, indicó que “los lecheros no tienen posibilidades de seguir trabajando porque hace más de 15 meses que están produciendo a quebranto debido al aumento de costos en el alimento y los insumos que se utilizan”.
En la fundamentación de la iniciativa se indica que en el ámbito legislativo provincial tramita una iniciativa en idéntico sentido de la senadora Érica Revilla, vicepresidenta de la UCR.

INICIATIVAS PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
A través de cuatro proyectos de Ordenanza todas con sustento en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la que la República Argentina es signataria y a la que otorgó jerarquía constitucional, se propone adherir a otras tantas leyes provinciales, tal cual estas mismas normas así invitan a las Municipalidades, para ser aplicadas en el orden local.
La Ley Nº 14519 establece la supresión de toda frase o expresión que, por su significación, puedan ser discriminatorios en los términos que se refieren al colectivo vinculado a la discapacidad.
En cuanto a la adhesión a la Ley N° 15115 el proyecto de ordenanza establece que la Municipalidad de Bragado deberá respetar, en los diseños de sus páginas web, las normas y requisitos sobre accesibilidad de la información para que las personas con discapacidad o dificultad en la comprensión de textos puedan acceder y comprender sus contenidos.
En lo atiente a la adhesión a la Ley Nº 15184 el proyecto de Ordenanza tiene por objeto garantizar el derecho que tienen todos los ciudadanos a comprender la información pública, y promover el uso y desarrollo de un lenguaje claro en los textos legales y formales.
Referido a la Ley Nº 15296 se establece la capacitación obligatoria en la temática de discapacidad desde un enfoque de derechos humanos, para todas las personas que se desempeñen en la función pública municipal.

PIROTECNIA CERO
El proyecto de ordenanza presentado adhiere a la recientemente sancionada Ley provincial Nº 15406, prohibiendo “en el ámbito del Partido de Bragado, la venta al público minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, como así también los denominados globos aerostáticos de pirotecnia” y, asimismo, “la adquisición y uso, por parte del sector público municipal, de todo artificio pirotécnico o de cohetería, de alto impacto sonoro, en los eventos y/o espectáculos que organice”.

EL TRABAJO COMUNITARIO COMO PENA POR INFRACCIÓN A LAS ORDENANZAS
Mediante un proyecto de resolución se requiere de la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires la aprobación definitiva de una ley que le remitiera el Senado modificando el Código de Faltas Municipales (Ley 8751/77) por el que se incorpora el trabajo comunitario como pena por infracción a las Ordenanzas y Leyes cuyo juzgamiento corresponda a las Municipalidades.

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