El crimen de Valeria Servadio: El doble juicio, la coupe Fuego condenatoria y la falta de resolución

En febrero de 1992 la joven de 16 años fue violada y asesinada en Las Toninas. Dos juicios condenaron a Roberto Labonia. Estuvo varios años preso pero una lluvia de recursos hizo que nunca el caso tenga una resolución de fondo.

Por Fernando Delaiti, de la agencia DIB.

«No vuelvas tarde», le dijo Alejandro Servadio a su hija Valeria, de 16 años. Le dio un beso y ella salió hacia las calles de la localidad costera de Las Toninas, donde pasaba las vacaciones con su familia. Era el 19 de febrero de 1992, treinta años atrás. La pequeña iba a bailar, esa noche sin su hermana melliza Andrea, quien fue la primera que salió a buscarla cuando ya en horas de la mañana se despertó y vio que no había vuelto a dormir.
Valeria salió del boliche y caminó hacia la parada de colectivos. De acuerdo con lo que determinó la Justicia, que tuvo idas y vueltas con seis fallos en este caso, la joven se cruzó en la calle con una coupe Renault Fuego manejada por Roberto Labonia. Lo que pasó entre que ella subió al vehículo (según testigos) y el fatal desenlace, fue materia de investigación y polémica. Lo cierto es que el cuerpo calcinado de la menor apareció el 24 de febrero, a un costado de la ruta 11, a un kilómetro de La Lucila del Mar. Había sido golpeada y violada. El asesino, tras pegarle dos tiros con un arma calibre 22, uno en el rostro y el restante en el tórax, la apuñaló y la prendió fuego junto a unos pastizales.
Más allá de las primeras horas de incertidumbre y dolor, la investigación policial apuntó hacia Labonia, ya que su auto, al que vieron junto a Valeria, era inconfundible. Pintura azul metalizada, vidrios polarizados, tres antenas, una pequeña tevé sobre el tablero y el paragolpes de color fosforescente.
Según se demostró después en tribunales, el hombre que era un vendedor ambulante de 30 años la siguió con su auto, hablándole mientras caminaba ella a la parada de colectivos. Siempre de acuerdo con la versión judicial, la chica subió al auto y fueron a Santa Teresita y San Bernardo. Mientras él siempre juró que no la conocía, varios testigos aportaron otra versión, y afirmaron haberlo visto en el lugar del hecho antes y después del crimen.
Cuando la Policía bonaerense lo detuvo en su casa de Villa Bosch, en el Gran Buenos Aires, la coupe estaba en el garaje, pero totalmente desmantelada. Mientras que el análisis sobre el cuerpo de la víctima no arrojó la información esperada. Por el estado en que se encontraba el cadáver no hubo muestras de semen, algo que hubiese sido clave.

LARGO PEREGRINAJE

El exvendedor de garrapiñadas y empleado de Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires (Segba) en todo momento mantuvo el discurso de inocencia, pero el 3 de septiembre de 1993 fue condenado a prisión perpetua en un juicio que llevó adelante la Cámara de Dolores. Cinco testigos identificaron ese excéntrico vehículo en el lugar donde apareció el cuerpo calcinado de la joven, otros tres acreditaron que la chica había subido a ese auto en Las Toninas, donde veraneaba con su familia, y un restante testigo dijo haberla visto en el interior de dicha coupe en San Bernardo la noche del homicidio, de acuerdo a lo que publicó el diario Compromiso de Dolores, que siguió muy de cerca el caso.
Sin embargo, a fines de 1996, la Suprema Corte de Justicia bonaerense anuló la sentencia ante las dudas en la valoración de una pericia balística y ordenó que se lo vuelva a enjuiciar.
El 30 de junio de 1997, el mismo tribunal, pero con integrantes diferentes, le dictó idéntica pena al considerarlo autor del delito de «violación en concurso real con homicidio calificado ‘criminis causa’”. Labonia debería seguir sus días en la cárcel de Dolores, aunque la falta de condena firme iba a cambiar ese destino.
Al año siguiente, una reforma del Código Procesal Penal estipuló que ningún imputado podía permanecer en prisión preventiva más de dos años, con una posible prórroga de 12 meses más. En febrero de 2000, el Gobierno provincial impulsó otra modificación para que cada juez pueda discernir el tiempo que se debe esperar para obtener una sentencia firme. Ese criterio se denominó «plazo razonable» y podía variar según las características del hecho delictivo.
Este argumento sirvió para que ese mismo año los jueces del Tribunal de Casación firmaran, por dos votos a uno, la libertad de Labonia. Lo hicieron porque la Corte provincial aún no había confirmado la sentencia.
Sin embargo, tras una breve libertad volvió a ser detenido, y recién en 2008 la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Dolores, resolvió favorablemente un pedido de para ser incluido en el régimen de “prisión discontinua”. Al volver a su casa en el partido de Tres de Febrero tras 102 meses en prisión, el hombre que entonces tenía 42 años volvió a proclamar su inocencia y apuntó contra el policía bonaerense Juan Carlos Salvá, ya por entonces fallecido, al acusarlo de haberle armado el caso en su contra.
En diciembre de 2011 la Suprema Corte provincial volvió a dictar una nueva sentencia condenatoria, y en julio de 2015 la Corte de Nación rechazó un recurso planteado ante ese máximo órgano. Todo con Labonia siguiendo estas instancias desde su casa. Meses más tarde, la Cámara Penal de Dolores rechazó la “prescripción penal” de la causa, que registra un récord de seis sentencias. Todo un engranaje jurídico que no hizo más que aportar dolor.

Fuente:(DIB) FD

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